LA COMUNIDAD DE SANTA MARÍA CHÍ OBTIENE SUSPENSIÓN EN EL CASO DE LA GRANJA DE CERDOS EN YUCATÁN
Este amparo reclama a la Secretaría de Desarrollo Sustentable el cierre de la denuncia ambiental interpuesta en contra de la granja de cerdos.
La SDS no podrá emitir a la granja de cerdos instalada en Santa María Chi la Manifestación de Impacto Ambiental en caso de que proceda, hasta que se termine el juicio de amparo.
El día de ayer, la jueza Karla Alexandra Domínguez Aguilar, titular del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, notificó al Comisario de Santa María Chi la admisión de una demanda de amparo y la concesión de una suspensión provisional sobre la emisión de la Manifestación de Impacto Ambiental. Esta medida es válida hasta que se resuelva el juicio de amparo y tiene como objetivo evitar que las autoridades emitan dicha manifestación a favor de la empresa “Chumoxil” Sociedad Anónima de Capital Variable. El juicio se centra en la solicitud de una Manifestación de Impacto Ambiental por parte de “Chumoxil”, que podría afectar negativamente el medio ambiente.
La suspensión se otorgó en respuesta a una demanda de amparo presentada el 17 de abril de 2024 por el Comisario Municipal de Santa María Chi contra la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), el Departamento de Evaluación Ambiental de la SDS, el Congreso del Estado, el Gobernador y otras autoridades estatales. Esta demanda se presentó después de que la SDS cerrara una denuncia ciudadana sobre problemas ambientales relacionados con una granja de cerdos con capacidad para aproximadamente 42 mil animales.
La demanda de amparo argumenta que la conclusión de la denuncia por parte de la SDS violó el derecho humano a un medio ambiente sano, al impedir que se investigaran las acusaciones de contaminación y otros problemas ambientales asociados con la granja de cerdos. También se alega que al Comisario Municipal se le negó la oportunidad de participar en la denuncia aportando pruebas y alegatos.
En ese sentido, la jueza al conceder la suspensión provisional sostuvo que, “la conclusión de la denuncia interpuesta por la parte quejosa [Comisario de Santa María Chi] […] implica que de manera sucesiva se autorice a la parte tercero interesada la operación de una granja porcícola, y que ello genere contaminación, descargas de aguas con heces fecales, muerte de vegetación, deforestación, desplazamiento de especies, afectaciones al agua y al medio ambiente”.
Asimismo, la jueza fue enfática en señalar que la suspensión concedida, “[…] no causa perjuicio al interés social, ni contraviene disposiciones de orden público […]; por el contrario, dado el interés que aduce el justiciable y la naturaleza de los derechos que pueden afectarse por el acto reclamado, es interés de la sociedad que tales derechos se protejan, al grado de tomar toda clase de medidas que prevengan la afectación de los mismos.”
Explicó que existe un interés en la sociedad por la conservación de un medio ambiente libre de contaminación y saludable para que los habitantes de la comunidad tengan una vida digna.
En consecuencia, la jueza ordenó a las autoridades responsables que informen, en un plazo de tres días, sobre las acciones que han tomado para cumplir con la suspensión concedida al Comisario Municipal de Santa María Chi.
El próximo 2 de mayo se llevará a cabo la audiencia incidental, en donde la jueza definirá si mantiene la suspensión definitiva mientras se resuelve el amparo presentado. El IFDP continuará acompañando mediante la defensa de los derechos de la comunidad de Santa María Chi.