La Suprema Corte de Justicia admitió la acción de inconstitucionalidad en contra de la ley Isstey de Yucatán
Dicha ley vulnera varios derechos humanos, determina CNDH
Por Abraham Bote Tun/ foto Líneas Emergentes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el pasado 22 de agosto, en contra de la Ley Isstey de Yucatán.
Tanto la CNDH como la Comisión de Derechos Humanos de Yucatán (Codhey) presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Isstey de Yucatán, promovida por el gobernador del estado, Mauricio Vila Dosal.
Además, se han interpuesto decenas de amparos en contra de esta ley, en días pasados Morena de Yucatán dio a conocer que también realizó la misma acción, pues “el gobierno del estado al igual que previamente gobiernos anteriores del PRI y el PAN, asestaron otro golpe más a los derechos de trabajadores y trabajadoras”.
Junto con el “proceso fraudulento” de elección de magistrados, el partido señaló que esto es solo una muestra más de que el actual gobierno en Yucatán, al igual que su antecesor, trabaja para restar derechos a la población, eliminar la democracia y empeorar la economía de las mayorías.
El pasado 21 de julio, por mayoría panista, el Congreso del Estado de Yucatán, votó en favor de la nueva Ley del Isstey, con la cual aumentarán de 8 a 15 por ciento las cuotas de las y los derechohabientes, así como los años de servicio para acceder a la jubilación, lo que ocasionó polémica, manifestaciones, gritos y posicionamientos en tribuna.
Mientras, se discutía la nueva iniciativa, fuera del recinto, representantes sindicales y magisterio se manifestaron en las puertas en contra de la mencionada reforma, incluso bloquearon por un momento un tramo del Periférico de Mérida.
La acción de inconstitucionalidad, promovida por la CNDH, que se registró bajo el folio 118/2022, fue aceptada por la SCJN, según se puede apreciar en la página oficial de la Corte.
De acuerdo con el el organismo de derechos humanos, esta ley viola diversos derechos humanos: Derecho a la igualdad, derecho a la seguridad social, a formar una familia, derecho al libre desarrollo de la personalidad, derecho a la seguridad jurídica, principio de previsión social, principio de legalidad, prohibición a la discriminación.
“Contiene una falta de claridad del requisito de edad que deben acreditar los ascendientes del trabajador para acceder al servicio médico; supuestos injustificados de pérdida del derecho a recibir determinadas pensiones a favor del beneficiario y forma indebida de determinar el salario regulador de los trabajadores en transición”.
La Ley del Seguro Social de los Trabajadores del Estado de Yucatán reconoce como una prestación a favor de las personas servidoras públicas o pensionadas, así como de sus familiares, el derecho al servicio médico siempre y cuando cumplan con los requisitos previstos en dicho ordenamiento.
No obstante, señala la CNDH, el requisito de edad no precisa cuál será el rango o parámetro mínimo que será considerado para poder ser beneficiario de dicha prestación, permitiendo que sea la autoridad quien decida sí la persona solicitante cumple o no con dicha exigencia, lo cual deja en incertidumbre jurídica a las personas interesadas, en perjuicio de los derechos de seguridad jurídica y el principio de legalidad.
“Este organismo nacional demostrará la inconstitucionalidad de la porción normativa “y la edad” de la fracción I del artículo 67 de la Ley por vulnerar el derecho de seguridad jurídica, así como el principio de legalidad”, indica el documento de la CNDH.
“El legislador yucateco no precisó cuál será la edad mínima ni máxima en la que las personas ascendientes en primer grado de la persona servidora pública o pensionadas podrán acceder a los beneficios derivados de la prestación de servicio médico reconocido como un derecho de seguridad social”, agrega.
Además, indicó que el Congreso local determinó que los padres o las madres de la persona servidora pública o pensionada podrán ser beneficiarios o beneficiarias de la prestación de servicio médico por parte del ISSTEY, también lo es que al regular el requisito de acreditar la edad estableció una norma que permite la arbitrariedad en su aplicación, pues como ya se anunció al no establecer una edad mínima o máxima para poder ser beneficiaria de dicha prestación, será la autoridad competente del ISSTEY quien decidirá si cuenta o no con la edad necesaria para poder acceder al servicio multicitado.
“De tal manera que sitúa en un estado de incertidumbre jurídica a las personas, pues sin importar la edad que tengan no conocerán si pueden o no ser beneficiarias, aun cuando la o el servidor público o pensionado las haya inscrito con dicho carácter y cumplan con los demás requisitos”.
“El legislador local pasó por alto que el derecho humano de seguridad jurídica se erige como la obligación de las autoridades legislativas de establecer leyes que brinden certeza jurídica y que estén encaminadas a la protección de sus derechos. Sin embargo, como se ha mencionado en párrafos previos, la norma impugnada genera un espectro de inseguridad jurídica vulnerando derechos humanos”.
También, según expone la CNDH, el Congreso estatal pasó por alto que las diversas pensiones establecidas en la Ley del Seguro Social de los Trabajadores del Estado de Yucatán tienen como fin garantizar tanto a las y a los servidores públicos, así como a sus familias mantengan la calidad de vida obtenida durante el ejercicio de sus funciones, particularmente durante el último año antes de solicitar la pensión respectiva.
“Es indiscutible que la intención de la Legislatura local es efectivamente reducir el monto de la pensión a que sean acreedores las y los trabajadores burócratas yucatecos, pues al promediar los salarios cotizados obtenidos en los últimos años, que van desde los dos a los veinte años, previos a la fecha de la solicitud, genera una disminución del monto del “salario regulador” que se empleará para determinar la pensión de que se trate”.
Otra acción de la Codhey
Miguel Óscar Sabido Santana, titular de la Codhey, informó que el organismo estatal también presentó una acción de incostitucionalidad ante la SCJN, el pasado 22 de agosto por vulnerar derechos humanos de los trabajadore, adscritos al isstey, principalmente en el tema de la retroactividad, la regresividad.
“Hay que hacer ciertos cambios para que el Instituto sea sostenible y pueda garantizar las jubilaciones de los trabajadores”, afirmó, aunque reconoció que hay situaciones que plantea esta nueva ley que son acertadas, hay otras que no. “Se están vulnerando los derechos humanos”; recalcó. La decisión final la tendrá la corte, agregó.
“Una esperanza en la lucha”
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de admitir la acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto que contiene la Ley ISSTEY que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) significa una esperanza en la lucha de más de 35 mil trabajadores del Estado, afirmó la senadora de Morena, Verónica Camino Farjat
La morenista señaló que esta acción se suma a los cientos de amparos presentados contra la Ley de Seguridad Social del Estado de Yucatán en los juzgados federales, por los trabajadores de los Poderes estatales que rechazan el decreto aprobado por el Legislativo local, pues viola y vulnera los derechos de la base laboral.
Destacó que a menos de un mes de que ella solicitara la intervención de la CNDH su presidenta María del Rosario Piedra Ibarra, presentó la Acción de Inconstitucionalidad, con resultado positivo, pues la SCJN admitió el recurso.
Al respecto, indicó que el recurso interpuesto por la CNDH lo presentó desde el 22 de agosto pasado, y se admitió como tal este lunes 6 de septiembre.
De acuerdo a los tiempos de la SCJN, ya se notificó a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la acción de Inconstitucionalidad, por lo cual tendrán un máximo de 15 días hábiles, a partir de la fecha en que fueron notificados, para responder y explicar sobre los puntos que se les demanda.
Camino Farjat refirió que con esa acción de Inconstitucionalidad se respalda a los más de 35 mil trabajadores del Gobierno del Estado y los Poderes públicos estatales, quienes están siendo afectados y vulnerados en su economía familiar, sus jubilaciones y su crecimiento personal.
“Confiamos en que los trabajadores y líderes sindicales tienen la razón en su lucha, y que procederán los recursos interpuestos, para proteger y garantizar que se respetarán sus derechos humanos”, apuntó.