La SCJN allana el camino para demandar a los Congresos que no respetan el derecho a decidir
Esta resolución representa un avance importante en el movimiento de aborto en el país, pues brinda una herramienta a las mujeres, personas, colectivas y organizaciones para presionar a las autoridades para despenalizar el aborto, principalmente en Estados muy conservadores como Chihuahua, Yucatán
Redacción/Foto: Lilia Balam
Durante la sesión pública de este 21 de junio de 2023, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que, debido a los estereotipos de género que promueven, las normas penales que criminalizan el aborto afectan con su sola vigencia a las mujeres y otras personas con capacidad de gestar, por lo que no requieren estar embarazadas o con un proceso penal en su contra para promover un amparo.
Esto permite una mayor flexibilidad para demandar a los Congresos estatales que aún no han despenalizado el aborto en sus estados. Esta resolución representa un avance importante en el movimiento de aborto en el país, pues brinda una herramienta a las mujeres, personas, colectivas y organizaciones para presionar a las autoridades para despenalizar el aborto, principalmente en Estados muy conservadores como Chihuahua, Yucatán y Durango que, a pesar de que el derecho a decidir ya fue explícitamente reconocido por la SCJN, continúan criminalizando a las mujeres y otras personas con capacidad de gestar y negando el acceso a los servicios de aborto.
Desde 2020 diversas las colectivas y organizaciones han implementado una estrategia de amparos colectivos promovidos por mujeres y otras personas con capacidad de gestar en contra de los Ejecutivos y Legislativos de sus estados por no cumplir con su obligación de garantizar el derecho a decidir sobre la interrupción o continuidad de un embarazo de acuerdo con lo que la SCJN reconoció en la acción de inconstitucionalidad de Coahuila resuelta en septiembre de 2021.
La resolución de estos juicios dio lugar a criterios contradictorios. Por un lado, un Tribunal Colegiado en Chihuahua sostuvo que las mujeres y otras personas con capacidad de gestar pueden promover estos amparos sin la necesidad de estar embarazadas, ya que por el simple hecho de tener la posibilidad de gestar la prohibición del aborto voluntario viola sus derechos humanos. En contraste, los
Tribunales Colegiados de Durango y Yucatán sostuvieron que las normas que criminalizan al aborto voluntario no afectan a las mujeres y personas con capacidad de gestar si no cursan un embarazo y deseaban abortar.
Frente a estos criterios contradictorios el 23 de noviembre de 2022 AbortistasMx, Aborto Seguro Chihuahua, Marea Verde Chihuahua, Si hay Mujeres en Durango A.C. y UNASSE A.C. solicitaron a la Suprema Corte que determinara qué criterio es el más adecuado para garantizar los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
El expediente se registró en la Primera Sala como Contradicción de criterios 412/2022 y fue turnado a la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
El 21 de junio, por mayoría de 4 votos, la Primera Sala reconoció que la prohibición absoluta del aborto voluntario viola los derechos de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar, en consecuencia, pueden promover amparos para demandar a los gobernadores y congresos locales por no haber reformado sus códigos para garantizar su derecho a decidir.
Durango que, a pesar de que el derecho a decidir ya fue explícitamente reconocido por la SCJN, continúan criminalizando a las mujeres y otras personas con capacidad de gestar y negando el acceso a los servicios de aborto.
Las colectivas y organizaciones que impulsaron esta estrategia celebran esta decisión de la SCJN que refrenda al Poder Judicial de la Federación como un aliado de los derechos reproductivos.
Asimismo, confirman que continuaran realizando acciones legales, de incidencia política y social para lograr que el aborto sea reconocido por las leyes de sus estados como un derecho de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar.