Tribunal otorga suspensión definitiva contra megaproyecto solar en Yucatán
Por Abraham Bote Tun
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) informó que el Tribunal Colegiado de Yucatán resolvió a favor de integrantes de las comunidades mayas de San José Tipcéh y Plan Chac, por lo que las obras y actividades de un megaproyecto solar deberán suspenderse por completo hasta la conclusión del juicio.
El tribunal reconoció las posibles afectaciones ambientales, culturales y a la salud, de carácter irreparable, que la remoción de 604 hectáreas de selva y otras actividades podrían ocasionar sobre las comunidades mayas.
En un comunicado, CEMDA detalló que en el caso de la demanda de amparo presentada por integrantes del pueblo maya de las comunidades de San José Tipcéh, en el municipio de Muna y Plan Chac, de Sacalúm, en contra de los permisos y autorizaciones del megaproyecto solar-fotovoltaico Ticul A y B, el Tribunal Colegiado concedió la suspensión definitiva solicitada por las comunidades.
Recordaron que, en sesión del 16 de junio, el Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa en el estado de Yucatán resolvió, por unanimidad de votos, conceder la suspensión definitiva de los efectos y consecuencias de los permisos del megaproyecto solar Ticul A y B, el cual pretende instalarse sobre el territorio de las comunidades mayas. Como consecuencia de esta resolución, las autoridades responsables están obligadas a detener totalmente cualquier obra o actividad relacionada con este megaproyecto hasta que concluya el juicio.
El Tribunal Colegiado de Yucatán reconoció que, en este caso, se acreditó el interés legítimo de las comunidades para solicitar la suspensión. “En primer término, esto es así puesto que existen normas convencionales y constitucionales que protegen derechos en beneficio de una colectividad, en este caso perteneciente al pueblo maya. En el caso del megaproyecto solar en cuestión, los permisos otorgados pueden transgredir esos derechos, pues incluso se incurrió en omisiones que impidieron a las comunidades contar de forma previa y oportuna con información precisa y completa para evaluar las afectaciones reales que tales proyectos les ocasionarían”, subrayó la organización civil.
Por otro lado, con base en las pruebas presentadas, el Tribunal también reconoció que las comunidades están ubicadas dentro y junto al megaproyecto solar (el cual está fraccionado en dos partes), lo cual acredita el daño inminente e irreparable en su contra. De iniciarse cualquier obra de remoción de suelo y vegetación -incluida la de 604 hectáreas de selva- como parte de las actividades para la construcción y operación del megaproyecto solar, se causarían daños ambientales y bioculturales de imposible y difícil reparación, como son las afectaciones a especies de flora y fauna protegidas, a los servicios ambientales de los que se benefician las comunidades, así como al uso cultural que hacen de ese territorio.
De llevarse a cabo las obras, advirtió que se podrían afectar de manera irreparable los derechos humanos a la salud, a un medio ambiente sano y a la consulta previa, libre e informada de las y los peticionarios, autoadscritos como indígenas del pueblo maya.
“La resolución del Tribunal reconoce también el interés social que existe para que se respeten los derechos de las comunidades y pueblos indígenas, se preserven los ecosistemas y se proteja la salud de todas las personas”, expusieron.
De acuerdo con sus respectivas Autorizaciones de Impacto Ambiental, entre los dos proyectos se pretende instalar un millón 183 mil 500 paneles solares fotovoltaicos para la generación aproximada de 299 Megawatts (MW) (195MW Ticul A y 103.5MW Ticul B). Estos proyectos ocuparían una superficie total de 674 hectáreas (440.75 para Ticul A y 234 para Ticul B), de las cuales 603 hectáreas de vegetación son de selva media.