Semarnat y Conagua decretan “inicio de emergencia” por sequía severa en México

Por Abraham Bote Tun

El gobierno federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional del Agua (Conagua), decretaron el “inicio de emergencia” por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022 en el país.

Asimismo, a través de un decreto, se determinó que la Conagua podrá ejecutar las las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento de uso doméstico y público urbano en situaciones de emergencia, escasez extrema o sobreexplotación.

De acuerdo con el documento publicado este martes 12 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con base en los resultados de los análisis y dictámenes realizados por la Conagua a través del Monitor de Sequía de México que forma parte del North American Drought Monitor, se emite el presente Acuerdo de Carácter General de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía, en virtud de que a la fecha se ha determinado en diversas cuencas del país, la condición de este fenómeno natural en sus modalidades de severa, extrema o excepcional.

A fin de contribuir con las acciones de mitigación de los efectos de la sequía, los titulares de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, además de implementar las medidas preventivas y de mitigación de la sequía, previstas en el Programa del Consejo de Cuenca que les corresponda, podrán principalmente de los usos industrial y agrícola y cuando haya baja disponibilidad en las fuentes de abastecimiento de agua potable.

Asimismo, determina que la Comisión Nacional del Agua, conforme a los resultados de los análisis y dictámenes realizados por el Monitor de Sequía de México, a fin de garantizar el abasto de agua para uso doméstico y público urbano, podrá ejecutar las medidas transitorias concertadas con los representantes de los usuarios en los Consejos de Cuenca que presenten condiciones de sequía severa, extrema o excepcional, contenidas en los Programas de Medidas Preventivas y de Mitigación, formulados respectivamente por los Consejos de Cuenca Baja California, Baja California Sur, Alto Noroeste, Ríos Yaqui y Mátape, Río Mayo, Ríos Fuerte y Sinaloa, Ríos Mocorito al Quelite, Ríos Presidio al San Pedro, Costa de Guerrero, Costa de Oaxaca, Río Bravo, Río Balsas, Nazas-Aguanaval, Del Altiplano, Lerma-Chapala, Río Santiago, Costa Pacífico Centro, Ríos San Fernando-Soto la Marina, Río Pánuco, Ríos Tuxpan al Jamapa, Río Papaloapan, Río Coatzacoalcos, Costa de Chiapas, Ríos Grijalva y Usumacinta, Península de Yucatán y Valle de México, mismos que pueden ser consultados en las oficinas de los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales de la Autoridad del Agua, así como de manera electrónica en su página de internet.

Entre las medidas transitorias concertadas, se prevé la limitación temporal a los derechos de agua existentes, a través de la reducción provisional de volúmenes a los usuarios de las cuencas que se encuentren en condición de sequía severa, extrema o excepcional, a fin de abastecer agua para uso doméstico y público urbano a las poblaciones que se encuentren sin este recurso natural por efecto de dicho fenómeno, en términos de lo dispuesto en la Ley de Aguas Nacionales y atendiendo a las condiciones generales establecidas en los títulos de concesión.

A su vez, la Comisión Nacional del Agua exhorta a los usuarios de las aguas nacionales de los municipios que presenten alguna condición de sequía, conforme al reporte quincenal del Monitor de Sequía de México, a implementar las medidas preventivas y de mitigación contenidas en el Programa de Medidas Preventivas y de Mitigación de sequía que corresponda al Consejo de Cuenca en que se ubiquen, así como las sugeridas en el Capítulo IV de los “LINEAMIENTOS que establecen los criterios y mecanismos para emitir Acuerdos de Carácter General en situaciones de Emergencia por la ocurrencia de sequía, así como las medidas preventivas y de mitigación, que podrán implementar los usuarios de las aguas nacionales para lograr un uso eficiente del agua durante sequía”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2012.

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